Hasta el 31 de marzo, está abierto el plazo para solicitar las bonificaciones sobre las tasas correspondientes a la prestación del servicio de recogida, transporte, tratamiento y eliminación de residuos domésticos, servicio de alcantarillado y suministro de agua, así como del Impuesto sobre los Bienes Inmuebles (IBI).
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Dependiendo de los ingresos familiares y otros detalles, puede
obtenerse una bonificación del 70 o el 90 % sobre estas tasas, siempre relativo
a la vivienda habitual que constituye el objeto imponible de la tasa municipal regulada
por las Ordenanzas Fiscales nº 5 (residuos), 6 (alcantarillado) y 16 (agua).
En cuanto al Impuesto sobre los Bienes Inmuebles, pueden
obtener bonificación del 50 % (obligatoria) o del 90 % (potestativa), aquellos
que la soliciten y presenten la documentación requerida y especificada en el
artículo 5 de la Ordenanza Fiscal 9 (IBI).
El procedimiento de solicitud es muy sencillo: Consulta la
normativa o llama a la Tesorería Municipal para informarte: 974 357 203. Pide
cita previa para presentar la documentación hasta el 31 de marzo en el 974 247
515.
Todos los detalles sobre este tema pueden consultarse en la web
del Ayto. de Jaca, accesible desde
aquí mismo o en el QR de abajo.
AYTOJACA / JACATIMES
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