El dir. gral. de Medio Natural ha solicitado que se posponga, siempre que sea posible, cualquier actividad que pueda conllevar riesgo de incendios en entornos forestales, por las elevadas temperaturas de estos días, insistiendo en la “necesidad de extremar las precauciones y de adaptar la actividad que cada uno realice en el medio natural”.
ARCHIVOJT |
En Nivel de Alerta Rojo
se establecen las siguientes prohibiciones:
1 - Encender fuego en
espacios abiertos suspendiéndose temporalmente cualquier autorización que pueda
tenerse para uso del fuego.
2 - Encender fuego en zonas
recreativas y de acampada (incluidas las zonas habilitadas para ello), así como
la introducción y uso de material pirotécnico en entornos forestales. Además,
se suspenden las autorizaciones de pruebas deportivas y actos públicos que se
desarrollen en un entorno forestal, siempre y cuando la resolución que las
autorice no haya previsto de forma expresa las condiciones concretas para su
celebración en dicho nivel de alerta.
3 - El uso en los montes y
áreas situadas a 400 m de éstos, de equipos y maquinaria que pueda producir
deflagración, chispas o descargas eléctricas. Con excepción, exclusivamente en
este nivel de alerta, de los siguientes casos:
El uso de ahumadores en la apicultura, fuera de la franja horaria comprendida entre las 12:00 y las 18:00 horas en las condiciones fijadas en la orden AGM/681/2023.
Las labores de cosecha y empacado de cereal. En el supuesto de que estas labores se ubiquen a menos de 400 m de una superficie continua de monte, arbolada y arbustiva superior a las 100 hectáreas, deben realizarse fuera de la franja horaria comprendida entre las 14:00 y 18:00 horas adoptándose las medidas de precaución que se estimen necesarias y, en todo caso, deberán garantizar el acceso rápido a la intervención de, al menos, un equipo con impulsión de agua de capacidad mínima de 1000 litros o de un tractor provisto con apero de labranza tipo grada o similar de modo que pueda abordarse la extinción en caso de incendio.
La utilización de maquinaria agrícola para la siega o recogida de cultivos forrajeros en verde, así como el resto de labores agrícolas habituales de mantenimiento de cultivos distintas a la contemplada en el apartado anterior.
El siguiente nivel de
alerta, que debe declararse de forma expresa ante situaciones de riesgo
extremo, es el Nivel de Alerta Rojo Plus. Para este se aplican las mismas
prohibiciones y suspensiones previstas para el nivel de Alerta Rojo, sin las
excepciones anteriores.
Además, se suspenden
las pruebas deportivas, espectáculos pirotécnicos y otros eventos que puedan
favorecer el inicio de un incendio forestal, salvo que dispongan de un plan
específico de prevención de incendios aprobado por el depto. competente en
protección civil. En su declaración se podrán adoptar medidas adicionales, como
la limitación de acceso a las masas forestales de personas ajenas a la
vigilancia, extinción y gestión.
AH / JACATIMES
0 Comentarios