Aragón ya cuenta con un Plan General de Pesca para este año 2025, que establece las regulaciones para la práctica de esta actividad en la comunidad. Este plan detalla las especies permitidas, temporadas, días y horarios hábiles, así como las zonas vedadas y los diferentes tipos de masas de agua definidos por la Ley de Pesca de Aragón.
![]() |
DEPOSITPHOTOS |
Las cuencas de los ríos Aragón, Gállego, Cinca y Ésera en
Huesca, del Guadalaviar y Guadalope en Teruel, y del Piedra, Manubles y Mesa en
Zaragoza, destacan por sus aguas trucheras de alta calidad. Paralelamente, los
grandes embalses en el Ebro se han convertido en referentes para la pesca de
especies distintas a la trucha, impulsando significativamente el desarrollo
socioeconómico de las comunidades ribereñas.
El Gobierno de Aragón mantiene su compromiso con la
preservación de la biodiversidad y el fomento del desarrollo local, de modo que
se invita a los pescadores a disfrutar de una temporada responsable, respetando
el entorno natural y las normativas establecidas en el Plan General de Pesca de
Aragón para 2025, que puede descargarse completo desde
aquí mismo.
Este nuevo plan incorpora novedades, algunas de las cuales, no todas, se
detallan a continuación.
En cuanto a los cebos autorizados en la pesca en régimen
extractivo en aguas declaradas habitadas por la trucha, se vuelve a la
redacción del plan general de pesca del año 2023 indicando que en los ibones y
lagos de montaña y resto de aguas de alta montaña sólo se podrán utilizar los
cebos artificiales descritos en el artículo 5.2 de la orden.
En el resto de las aguas habitadas por la trucha autorizadas
para la pesca extractiva, además de los cebos artificiales descritos en el
artículo 5.2 de esta orden, se autoriza a las personas de 65 o más años el cebo
natural. Los cebos naturales sólo podrán ser los propios de la fauna autóctona:
lombriz de tierra, draga, canutillo, grillo y saltamontes, y además de lo
anterior, sólo se podrá utilizar un aparejo con un único anzuelo de una sola
punta sin arponcillo o rebaba final de retención, con una apertura (anchura)
del anzuelo mínimo de 7 milímetros y una longitud total del anzuelo mínima de 2
centímetros.
Respecto a los escenarios para eventos deportivos de pesca,
se incluye un nuevo emplazamiento, en el río Cinca desde la desembocadura del
río Alcanadre hasta el embarcadero de Velilla de Cinca-Zaidín.
De forma genérica en todo el plan, las coordenadas
geográficas UTM utilizadas en los planes generales de pesca anteriores se
mantendrán y, como novedad, se han añadido sus equivalencias decimales para que
puedan ser utilizadas de forma más sencilla en cualquier programa de
información geográfica.
AH / JACATIMES
0 Comentarios