El plazo para solicitar al Ayto. de Jaca las bonificaciones sobre las tasas del padrón múltiple —agua, alcantarillado y recogida de residuos— y las bonificaciones en la cuota del IBI está abierto hasta el 31 de marzo, en los supuestos que establecen las Ordenanzas Fiscales.
Aquellas personas y unidades familiares que, por cumplir los
requisitos, pueden acceder a las bonificaciones, pueden solicitarlas al Ayto.
de Jaca hasta el 31 de marzo de 2024.
Las tasas por la prestación del servicio de recogida,
transporte, tratamiento y eliminación de residuos domésticos, así como
alcantarillado y suministro de agua para usos domésticos, industriales y de
riego, están reguladas en la Ordenanza Fiscal nº 5, 6 y 16 respectivamente.
Pueden acceder a estas bonificaciones familias numerosas o monoparentales y por
sujetos pasivos empadronados en vivienda habitual, según rentas, quienes pueden
obtener una bonificación del 70 o del 90 % según casos.
En cuanto al Impuesto sobre los Bienes Inmuebles (IBI), regulado en la ordenanza fiscal número 9, se establecen diferentes tipos de bonificaciones en función del inmueble y los beneficiarios. Pueden obtener la bonificación del 50 % o del 90 % aquellos que la soliciten y presenten la documentación requerida y especificada en el artículo 5 de la citada Ordenanza Fiscal. El Ayuntamiento la concederá de manera obligatoria o potestativa según los casos.
Desde
aquí mismo se puede descargar un documento de cuatro páginas sobre
aplicabilidad de bonificaciones en tasas municipales, conteniendo un código QR
para acceder al detalle de todas las ordenanzas fiscales o, si se prefiere, desde
aquí mismo. Se trata de un documento de más de 250 páginas, en él se recoge
el texto completo de las ordenanzas citadas por su número en esta noticia.
0 Comentarios