El consejero de Medio Ambiente del Gob. de Aragón ha votado en contra del proyecto del Real Decreto por el que se establece el régimen de instalación de plantas fotovoltaicas flotantes en el dominio público hidráulico, primer punto del orden del día que ha sido sometido a informe preceptivo en el pleno del Consejo Nacional del Agua.
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“Recientemente las Cortes de Aragón aprobaban por unanimidad
una proposición no de ley en la que instaban al Gob. de Aragón a dejar en
suspenso este tipo de instalaciones hasta que no estuvieran definidas las
distintas planificaciones estratégicas, por lo que, siendo coherente con este
mandato, he mantenido un voto en contra”, ha manifestado el consejero.
No obstante, la mayoría del Pleno ha dado el visto bueno al
proyecto del Real Decreto por el que se establece el régimen de instalación de
plantas fotovoltaicas flotantes en el dominio público hidráulico. El decreto —cuando se publique— establecerá la regulación de
estas instalaciones, por lo tanto “no quiere decir que cualquier instalación se
vaya a llevar a cabo sin más, se tendrá que aprobar caso a caso y proyecto a
proyecto, cumpliendo con las condiciones establecidas en el propio decreto”, ha
puntualizado.
Las Cortes de Aragón instaban a no autorizar la instalación
de plantas fotovoltaicas en los embalses aragoneses hasta que se haya elaborado
el Plan Energético Aragonés 2021-2030 y la Ordenación Territorial de Energías
Renovables en nuestra comunidad autónoma. Así como que, ni en el Plan
Energético Aragonés 2021-2030 ni en la Ordenación Territorial de Energías
Renovables, se autorice la instalación de plantas fotovoltaicas en los embalses
aragoneses.
El Consejo Nacional del Agua es el máximo órgano de
participación y consulta en la materia. En él están representados la
Administración General del Estado, las comunidades autónomas, los entes locales
a través de la asociación de ámbito estatal con mayor implantación, los
organismos de cuenca, las organizaciones profesionales y económicas más
representativas de ámbito estatal relacionadas con los distintos usos del agua,
las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el ámbito
estatal y las entidades sin fines lucrativos de ámbito estatal cuyo objeto esté
constituido por la defensa de intereses ambientales.
AH / JACATIMES
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