EL TIEMPO EN JACA

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El Ayto. de Jaca comienza a aplicar la ordenanza de VV y caravanas denunciando a sus propios vecinos

La Plataforma Estatal del KAravaning (PEKA), denuncia en nota de prensa, que el consistorio de Jaca haya empezado a aplicar la nueva ordenanza que prohíbe el estacionamiento en todo el municipio a cualquier vehículo vivienda (VV) o caravana, excepto en las zonas habilitadas, denunciando a sus propios vecinos.

ARCHIVO JT

Las zonas habilitadas que definen la ordenanza en cuestión, aprobada en octubre de 2021, son tres:

    1. El área habilitada hasta ahora, en la calle Tierra de Biescas, que, según nuestras informaciones, pasará a ser una zona de pago, de forma inminente. Es un espacio de uso permitido 24 horas, con servicios de carga y descarga de aguas, 23 plazas habilitadas, y un tiempo máximo de estancia de 48 horas.
    2. El “Llano de la Victoria”, zona sin servicios y que solamente permite el uso diurno de 09:00 a 23:00.
    3. El polígono Campancián, solo en horario nocturno, de 22:00 a 10:00, a casi 3 km del centro de Jaca, 30 minutos a pie.

Ello implica que un usuario de vehículo vivienda de Jaca, no pueda ni estacionar de forma temporal su vehículo en las calles de su propio municipio.

Desde La PEKA, estamos totalmente en contra, como no puede ser de otra manera, de este tipo de ordenanzas elaboradas por los ayuntamientos, sin ser consensuadas con todas las partes implicadas, y dictaminadas de forma unilateral.


La DGT, en su instrucción 08/V-74 dice “Un vehículo vivienda está correctamente estacionado cuando: no sobrepasa las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no siendo relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de estabilización, etc.”

Según la DGT, las ordenanzas municipales de circulación
 deben justificar, en base a razones objetivas,
la exclusión de determinados usuarios de estacionamiento

El estacionamiento en vías urbanas está regulado, mediante ordenanza municipal de circulación, según competencias atribuidas tanto en la LSV (art 7.b) como en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (art 25.2.g).

El artículo 93 del Reglamento General de Circulación dice:

El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal, y podrán adoptarse las medidas necesarias para evitar el entorpecimiento del tráfico, entre ellas limitaciones horarias de duración del estacionamiento, así como las medidas correctoras precisas, incluida la retirada del vehículo o su inmovilización cuando no se halle provisto de título que habilite el estacionamiento en zonas limitadas en tiempo, o excedan de la autorización concedida hasta que se logre la identificación del conductor (artículo 38.4 del texto articulado).

En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento.


Como norma, un ayuntamiento tiene derecho a limitar el tiempo o prohibir estacionamiento a toda clase de vehículos con la misma MMA, en base a razones objetivas, para evitar el entorpecimiento de tráfico o el reparto equitativo de las plazas de estacionamiento en las vías públicas locales.

Después de todo esto, no podemos entender como en Jaca legislan de esta manera. No nos están prohibiendo el estacionamiento por medidas, nos están prohibiendo estacionar en Jaca por estar homologados como vivienda, independientemente de medidas de vehículos, que es por lo que se supone, estorbamos.

Por último, a los usuarios de vehículos viviendas vecinos de Jaca, se les está prohibiendo estacionar en la calle y ya han sido varios los que se han puesto en contacto con la asociación para intentar mediar con el ayuntamiento y poder darles una solución para que puedan estacionar sus vehículos en su municipio, Jaca.

Desde aquí, la PEKA se pone a disposición del Ayuntamiento de Jaca, para poder encontrar una solución. Desde nuestro equipo de normativa estaríamos encantados de tener una reunión con los responsables del consistorio para poder dar solución a este problema.

LAPEKA / JACATIMES

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1 Comentarios

Sergio ha dicho que…
Buenos días.
Completamente de acuerdo.
Residiendo en Jaca, y pagando el impuesto de circulación de mi vehículo aquí mismo, no entiendo como es posible que pueda ser multado si aparco delante de mi propia casa.
Saludos